SAT confirma: no hay prórrogas en fechas límite de declaración anual

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) publicó un comunicado en el que invita a las personas moralesa realizar su declaración de impuestos del ejercicio fiscal correspondiente a 2020, a más tardar el 31 de marzo. Las personas físicas, por su parte, tienen hasta el 30 de abril de 2021 como límite para presentar la declaración anual. Es decir, no hay ninguna prórroga a esta fecha ya definida.

El SAT menciona que, si al hacer tu declaración resulta una cantidad a pagar, en el acuse de recibo estará la línea de captura con la que podrás hacer la transferencia electrónica o pago en ventanilla, a través de la institución bancaria de tu preferencia.

Para hacer tu declaración, entra al portal del SAT en el apartado “Declaraciones” y usa la aplicación correspondiente a tu régimen fiscal.

  • RFC, contraseña y e-firma
  • Información contable y fiscal de ingresos, deducciones, pérdidas fiscales e inversiones
  • Necesitas contar con una cuenta con servicio de banca electrónica para poder hacer la transferencia electrónica vía internet a través del banco de tu preferencia.

En este sitio web verás todos los requisitos e indicaciones que necesita la persona moral para la declaración anual.

Hablando de las personas físicas, ¿todos y todas las contribuyentes en esta clasificación tienen que realizar su declaración anual? No necesariamente. Según información retomada del SAT, estas personas físicas sí deben presentarla:

  • Trabajadores independientes por honorarios.
  • Quienes hayan percibido ingresos anuales mayores de 400 mil pesos.
  • Los que recibieron ingresos de dos patrones, aun cuando no sean mayores a 400 mil pesos.
  • Quienes hayan percibido ingresos por liquidación, indemnización laboral, pensión o jubilación.
  • Quienes cobran rentas de algún inmueble.
  • Quienes hayan ganado algún premio (como la lotería).

La autoridad pone a disposición de los contribuyentes el teléfono MarcaSAT, al que podrás llamar marcando al 55 627 22 728. El horario de atención es de lunes a viernes de 8 de la mañana a las 6:30 de la tarde.

Con información de El Contribuyente y El Financiero

Evita estos errores comunes en tu declaración anual

La fecha límite para presentar la declaración anual ante el SAT está cerca y, pese a la contingencia sanitaria que todavía está vigente, las personas físicas y morales deben tener todo listo porque no tienen prórroga. En este proceso llegan a existir fallas, por lo que aquí te decimos cuáles son los errores más comunes y cómo puedes evitarlos.

Evitar caer en ellos, pues posteriormente tendrás que realizar todo un proceso que te quitará tiempo para corregir las equivocaciones.

Errores más comunes en la declaración anual del SAT

No contar con un buzón tributario activo

Recuerda que este te ayuda a verificar el estado de tu información y a cumplir con tus obligaciones fiscales desde la comodidad de tu casa; en caso de no tenerlo activo, se recibirá una multa de hasta 9 mil 250 pesos.

Tener impuestos pendientes a pagar

Actualmente, el país enfrenta una situación complicada por la pandemia, pero las personas no deben olvidar pagar sus impuestos o podrán recibir multas o tener que actualizar el monto de deuda, para ello se multiplica la cifra que se quedó a deber por el factor de actualización.

No tener todas las obligaciones registradas en la constancia de situación fiscal

Cuando las autoridades correspondientes se percaten de que no todas las obligaciones están registradas, exigirán los pagos.

No contar con evidencia de todo lo que se registra en la declaración anual

El SAT ofrece la opción de declaración complementaria con la que podrás corregir los errores o agregar los datos faltantes en tu declaración anual.

No presentar declaraciones en plazos que no corresponden

Recuerda que los pagos mensuales al SAT se realizan a más tardar el día 17 de cada mes, mientras que la declaración anual se realiza en el mes de abril.

Por último, es necesario saber que sólo debes deducir aquellos gastos que están relacionados con tu trabajo. Aquellos gastos hospitalarios, dentales, funerales o donativos en tus declaraciones mensuales sólo pueden deducirlos las personas físicas en su declaración anual.

Finalmente, te mencionamos que la fecha límite para realizar la declaración anual 2021 ante el SAT es hasta el 31 de marzo para personas morales, y hasta el 30 de abril para personas físicas.

Fuente: ADN40