Se vienen mayores controles en declaración anual el siguiente año

Si bien no habrá reforma fiscal para el 2023, los contribuyentes -en este caso las empresas- se encontraron con la sorpresa de que habrá cambios para la declaración anual de impuestos correspondiente al ejercicio fiscal del 2022. Ésta traerá algunos cambios para el próximo año, lo que implicaría mayores controles administrativos, contables y financieros.

A unos días de festejar la Navidad e incluso cuando muchas empresas ya están de vacaciones o trabajando medio tiempo, el SAT presentó estas modificaciones en su portal «sin hacer mucho ruido», las que incluyen el desglose de información de los cuatro estados financieros básicos permitiendo el comparativo de información entre dos periodos. En el caso particular, la comparativa del 2022 y del 2021.

Este modelo de llenado aún no es la versión definitiva, pero sí hay cambios de comparativos de estados financieros básicos como lo es el balance general, estado de resultados y de flujos de efectivo. Esto es algo que ya se hacía en los apartados de la información sobre su situación fiscal (“ISSIF”) y dictamen fiscal, ya que eso sirve para ver los avances o retrocesos y es para comparar situaciones financieras y fiscales.

Si bien esto no es algo nuevo para nosotros los auditores fiscales y financieros, sí es un detalle muy significativo que la autoridad parece considerar para tener más detalle en su fiscalización de los contribuyentes, ya sea para visitas directas o de gabinete y aumentar seguramente la recaudación.

Si bien la declaración anual del 2022 se debe presentar hasta marzo del 2023, las empresas deberían tomar en cuenta desde ahora estos cambios y anticiparse con una revisión interna. Esto implicará mayores controles administrativos, contables y financieros a los contribuyentes y que al final deberán tener más cuidado en los ejercicios actuales y anteriores, y por ende tener a su lado a un contador público o un auditor financiero que revise dicha situación.

Sin duda, estos cambios constituyen un avance en la comprensión de los modelos de negocio por parte de las autoridades, y demandarán una mayor atención por parte de los particulares en la emisión de sus estados financieros, requiriendo para ello la contratación de profesionales técnicamente calificados para su integración.

Así pues, la declaración comparativa para las personas morales para ver los flujos que tuvieron las empresas no sólo se limita a los del año que está por terminar sino también del ejercicio del 2021.
 
Dichas modificaciones están contenidas en más de 100 pantallas para registrar el flujo de efectivo y los cambios en el capital, en donde el SAT está pidiendo reportar el activo y pasivo a corto y largo plazo, así como el capital contable de ambos ejercicios fiscales.

Con información de El Financiero y El Universal

El SAT extiende horarios de atención por declaración anual

Las personas morales tienen como limite el 31 de marzo para realizar su declaración anual.

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) anunció a través de sus redes sociales que extenderá los horarios de atención en sus oficinas para que las personas morales presenten su declaración anual.

“Si eres persona moral, presenta tu Declaración Anual 2021. Recuerda que tienes hasta el 31 de marzo. Toma en cuenta que, con el fin de brindarte los servicios necesarios para el cumplimiento de tus obligaciones fiscales, extendemos nuestros horarios de atención”, declaro en Twitter.

En caso de que la persona moral no pueda acudir a las oficinas, podrá comunicarse a través del número 55 6272 2728 en todo el país; de igual forma, al chat que el fisco habilitó en horarios de 8:00 a 18:30 horas.

La declaración anual es un documento que debes presentar ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT), en el cual una persona moral realiza un reporte de sus operaciones financieras realizadas el año anterior.

Este documento deben presentarlo las personas físicas y morales en las fechas que indique el SAT y los requisitos con los que debes contar para realizar el proceso son presentar el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) que obtienes cuando te das de alta en Hacienda, así como la contraseña del SAT y la firma electrónica.

En caso de no cumplir con la declaración de impuestos, el fisco puede aplicar sanciones como multas desde los 12 mil 640 pesos hasta los 25 mil 300.

Adicionalmente, para facilitar la declaración anual de impuestos 2021 para las personas morales, el SAT presentó un comunicado en el que señala herramientas para cumplir con este requisito. También, recordó que se podrá renovar la firma electrónica (ya sea que se encuentre próxima a caducar o no haya pasado más de un año vencida) de manera digital, las 24 horas del día y sin tener que presentarse en ninguna oficina.

Estos son los pasos que deben seguir las personas que necesiten dicho trámite:

  • Ingresar a la página web del SAT.
  • Seleccionar la opción «Otros trámites y servicios».
  • Elegir la opción «Identificación y firmado electrónico».
  • Dar clic en «Renueva el certificado de e.firma de tu empresa».

Giovanni González Frausto
Con información de El Contribuyente y El Financiero