El SAT muestra flexibilidad ante complemento carta porte

Raquel Buenrostro, jefa del Servicio de Administración Tributaria (SAT), se mostró flexible ante el planteamiento de retos que enfrentan los transportistas sobre la implementación del complemento carta porte, informó la Cámara Nacional del Autotransporte de Carga (Canacar).

Por medio de un video, el vicepresidente ejecutivo de Canacar, José Refugio Muñoz y Francisco Javier Borrego Adame, diputado por Morena, informaron de una reunión sostenida el jueves con la jefa del SAT, en la que abordaron temas sobre el autotransporte de carga transfronterizo, el servicio de dedicados, así como de corresponsabilidad y vías de jurisdicción federal.

Se expuso que hay expectativas de tener una respuesta positiva por parte del SAT en una segunda reunión próxima, para dar seguimiento a puntos clave sobre complemento carta porte; por ello, Canacar expuso argumentos ante la jefa del SAT sobre diferentes propuestas, entre las que destaca el incorporar una regla específica para el transporte fronterizo y el servicio dedicado.

También Canacar replanteó ante la líder del SAT la necesidad de ser más específicos en el tema de la corresponsabilidad para que cada uno de los actores se haga responsable de su propia información.

Con el complemento Carta Porte el SAT provocaría un paro nacional

Si el Servicio de Administración Tributaria (SAT) no simplifica el cumplimiento del complemento carta porte, podría provocar un paro nacional de movimiento de carga. Se estima que el 99% de los agremiados a Conatram aún no están listos para cumplir con la nueva regla del SAT (el próximo 1 de diciembre) y la consecuencia será el freno, por parte de los clientes, de las empresas que no logren adaptarse. Por consiguiente, se aplicaran fuertes multas a las que serán sometidos por no presentar el CFDI de ingreso con complemento carta porte para acreditar el traslado de bienes o mercancía, o por no entregarlo a los clientes, pues son imposibles de pagar para el hombre-camión. Por ello, se considera que se trata de una sentencia de muerte.

Alfonso Gutiérrez Martínez
Con información de Transportes y Turismo

Delitos fiscales en México: evítate problemas con la autoridad fiscal

El Servicio de AdministraciónTributaria (SAT), con el fin de evitar evasión de impuestos, está tomando medidas estrictas. Cabe destacar que estas medidas de vigilancia puntual serán para los contribuyentes que mantengan una actividad con mucho efectivo en sus cuentas. Por esto, en 2022 se solicitará que los bancos avisen sobre aquellas cuentas que reciban más de 15 mil pesos mensuales, no importa si es una sola cuenta o diferentes.

Seguramente en alguna ocasión escuchaste los conceptos ligados al fisco como lo son “defraudaciones fiscales”, contrabando, facturas falsas; sin embargo, muchas veces no sabemos qué significan.

Los delitos fiscales, de acuerdo con el derecho penal, son considerados como delitos especiales y son aquellos que no se encuentran regulados en el Código Penal Federal sino en una ley Especial o un Tratado Internacional. Esto quiere decir que éstos deben ser investigados por el Ministerio Público y sancionados por un juez penal, dejando a la autoridad fiscal únicamente como víctima u ofendido en los procedimientos penales respectivos. Los castigos por desobedecer la Ley Fiscal se dividen en dos categorías; la primera de ellas son las infracciones, que por su gravedad únicamente se castigan con multas u otras sanciones económicas y los segundos son los delitos que se castigan con prisión.

Estos son los delitos fiscales de mayor relevancia

  • Contrabando: Este consiste en introducir o extraer mercancías de manera ilegal dentro del país y las sanciones van de los tres meses a los nueve años de prisión.
  • Defraudación fiscal: Esta es la denominación correcta del concepto de evasión fiscal, el cual consiste en no pagar algún impuesto, realizado con el uso de engaños o aprovechando errores de la autoridad fiscal y tiene penas que van de los tres meses a los nueve años de prisión.
  • Falsificación de facturas: Esto no se trata de una falsificación en realidad, sino que se trata de documentos que amparan operaciones que no ocurrieron y se castigan con dos a nueve años de prisión.

¿Qué más vigilará el SAT en 2022?

Si eres de las personas que tiene gustos caros, pero no los puede pagar (pues hay personas que gastan más de lo que reciben), también serán vigiladas por el SAT. Esto es considerado como «discrepancia fiscal», lo que ocasionará que tu cuenta sea vigilada y se auditarán los movimientos para averiguar si hay algo que no cuadra.

Entonces, los “tarjetazos» y gastos extras a tus ingresos regulares deberán ser declarados ante el SAT para evitar esa discrepancia fiscal. Cuando es detectada, se envía un aviso para que expliques de dónde proceden esos recursos.

En caso de que haya una discrepancia fiscal, el SAT procederá de la siguiente manera:

  1. Notificarán al contribuyente el monto de los gastos detectados, la información que se utilizó para conocerlas, el medio por el cual se obtuvo y la discrepancia resultante.
  2. Notificado el oficio, el contribuyente contará con un plazo de 20 días para informar por escrito a las autoridades fiscales, contados a partir del día siguiente a la fecha de notificación, el origen o fuente de procedencia de los recursos con que efectuó los gastos objeto de vigilancia y ofrecerá, en su caso, las pruebas que estime idóneas para acreditar que los recursos no constituyen ingresos gravados.
  3. Si se acredita la discrepancia, ésta se presumirá ingreso objeto de impuestos y se formulará la liquidación respectiva, considerándose como ingresos omitidos y aplicándose la multa prevista al resultado obtenido.

Alfonso Gutiérrez Martínez
Con información de El Heraldo de México