¿Debo tramitar mi RFC si no trabajo?

Entre las reformas fiscales que forman parte de la Miscelánea Fiscal 2022 se determina que si como contribuyente no percibiste ingresos o no realizaste actividades económicas, puedes tener saldo a favor o bien no tienes impuestos qué pagar, puedes quedar libre de presentar la declaración de impuestos al Servicio de Administración Tributaria (SAT).

Tras esta modificación, sigue pendiente saber si se deben hacer pagos provisionales o impuestos por el ejercicio fiscal, pero la ley dice que si se tiene que declarar por alguna obligación fiscal pero no tienes una cantidad que pagar o incluso presentas saldo favorable, lo ideal es que notifiques a las autoridades los movimientos por los cuales no estás efectuando pago alguno. Esto se debe reportar presentando las declaraciones mediante el Servicio de Declaraciones y Pagos para que el fisco esté enterado.

En el caso de las personas físicas que dejan de tener actividades económicas por las cuales hacían regularmente sus declaraciones, se debe presentar un Aviso de Suspensión para ya no tener que estar presentando esos documentos periódicamente. También queda extendida esta posibilidad a las personas morales, pero en estos casos se restringe hasta tres años como máximo esta exención.

Uno de los trámites que los mayores de 18 años deben cumplir con la llegada del 2022, es inscribirse al Registro Federal de Contribuyentes (RFC), independientemente si se cuenta con trabajo o no. Sobre todo, porque a partir de 2022 este registro será obligatorio para todos los mayores de 18 años en el país, pues se busca incrementar la base de contribuyentes para una mayor recaudación de impuestos en los próximos años. Aunque el trámite del RFC no significa que estás obligado a realizar una declaración anual, pues se encontraran en una situación de inactividad económica, la cual no genera obligaciones fiscales durante todo el tiempo antes de encontrar trabajo.

Importancia del RFC

El RFC es una de las claves de identificación más importantes con las que podemos contar, ya que permite realizar trámites laborales como la inscripción al IMSS, Afore, Infonavit o FOVISSTE, solicitar créditos hipotecarios, tarjetas o financiamientos personales automotrices. Es necesario para acceder a becas de posgrado e intercambio, para recibir ayudas sociales del gobierno o participar en licitaciones si tenemos una pequeña o mediana empresa, y sobre todo, para el pago de impuestos de las actividades económicas que se desarrollen a futuro.

Alfonso Gutiérrez Martínez
Con información de Mi Bolsillo y Oink Oink

Tarjetas y depósitos bancarios bajo la lupa del SAT

Si eres un usuario que transfiere dinero entre tus propias cuentas de diferentes bancos, debes tener en cuenta que, de no cumplir con el aviso de cambio de domicilio fiscal, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) podrá imponer a los contribuyentes altas multas, pese a que todos los traspasos que se hagan entre cuentas propias y estén identificadas con el mismo RFC no causan impuestos.

Es cierto que las declaraciones ante el SAT son responsabilidad de las personas físicas y morales; los sistemas financieros están obligados a notificar anualmente a la autoridad fiscal aquellos depósitos que excedan los 15 mil pesos. Desde hace ya siete años , el sistema financiero tiene la obligación de dar aviso a las autoridades correspondientes sobre aquellos depósitos, sumado a ello, si un contribuyente está recibiendo algún depósito de poco más de 15 mil pesos y al ser notificado el SAT por dicha institución financiera, la misma tendrá la facultad de solicitarle al contribuyente, que aclare el origen de aquel no cuenta con el pago correspondiente al Impuesto Sobre la Renta (ISR), en caso de que la persona no logre aclarar el origen de aquel dinero. El fisco tendrá el derecho de reclamar el pago del ISR por ese monto, al igual que actualizaciones, recargos y en otros casos multas.

Otro problema frecuente es que las y los contribuyentes prestan sus tarjetas de débito, y esto ocasiona que se generen discrepancias fiscales son originadas por los depósitos en efectivo que se realizan al prestar la tarjeta bancaria, otra diferencia que el SAT toma en cuenta, son los gastos e ingresos, ya que en ocasiones los gastos realizados con las tarjetas bancarias son mayores que los ingresos declarados ante la institución.

¿Por qué podríamos tener problemas con el SAT?

SI el SAT detecta diferencias entre los ingresos que se le declara y los depósitos que se percibe, entonces la autoridad puede presumir que hay ingresos adicionales por los cuales hay que pagar un impuesto. El SAT puede pedir que demuestres de que ese recurso no se trató de un ingreso por una venta, renta o cualquier otra actividad. Se debe tener en cuenta que el SAT pueda fiscalizar movimientos con hasta 5 años de antigüedad; por eso es importante tener en orden la contabilidad, conservar los estados de cuenta y de ser posible contratar a un especialista para que revise la situación fiscal del contribuyente.

Alfonso Gutiérrez Martínez
Con información de Brújula y Diario de Yucatán