Tarjetas y depósitos bancarios bajo la lupa del SAT

Si eres un usuario que transfiere dinero entre tus propias cuentas de diferentes bancos, debes tener en cuenta que, de no cumplir con el aviso de cambio de domicilio fiscal, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) podrá imponer a los contribuyentes altas multas, pese a que todos los traspasos que se hagan entre cuentas propias y estén identificadas con el mismo RFC no causan impuestos.

Es cierto que las declaraciones ante el SAT son responsabilidad de las personas físicas y morales; los sistemas financieros están obligados a notificar anualmente a la autoridad fiscal aquellos depósitos que excedan los 15 mil pesos. Desde hace ya siete años , el sistema financiero tiene la obligación de dar aviso a las autoridades correspondientes sobre aquellos depósitos, sumado a ello, si un contribuyente está recibiendo algún depósito de poco más de 15 mil pesos y al ser notificado el SAT por dicha institución financiera, la misma tendrá la facultad de solicitarle al contribuyente, que aclare el origen de aquel no cuenta con el pago correspondiente al Impuesto Sobre la Renta (ISR), en caso de que la persona no logre aclarar el origen de aquel dinero. El fisco tendrá el derecho de reclamar el pago del ISR por ese monto, al igual que actualizaciones, recargos y en otros casos multas.

Otro problema frecuente es que las y los contribuyentes prestan sus tarjetas de débito, y esto ocasiona que se generen discrepancias fiscales son originadas por los depósitos en efectivo que se realizan al prestar la tarjeta bancaria, otra diferencia que el SAT toma en cuenta, son los gastos e ingresos, ya que en ocasiones los gastos realizados con las tarjetas bancarias son mayores que los ingresos declarados ante la institución.

¿Por qué podríamos tener problemas con el SAT?

SI el SAT detecta diferencias entre los ingresos que se le declara y los depósitos que se percibe, entonces la autoridad puede presumir que hay ingresos adicionales por los cuales hay que pagar un impuesto. El SAT puede pedir que demuestres de que ese recurso no se trató de un ingreso por una venta, renta o cualquier otra actividad. Se debe tener en cuenta que el SAT pueda fiscalizar movimientos con hasta 5 años de antigüedad; por eso es importante tener en orden la contabilidad, conservar los estados de cuenta y de ser posible contratar a un especialista para que revise la situación fiscal del contribuyente.

Alfonso Gutiérrez Martínez
Con información de Brújula y Diario de Yucatán