Comienza el periodo para presentar declaración anual ante el SAT
Del 1 al 30 de abril comprende el periodo para que las personas físicas presenten su declaración anual, por lo cual ya es posible consultar la información precargada en el portal del SAT. Una vez recabada y cotejada la información, el contribuyente tiene dos opciones: acercarse a un contador certificado para recibir apoyo o directamente hacerlo desde la plataforma del Servicio de Administración Tributaria (SAT), la cual cuenta con la información precargada que generó el causante.
El trámite es sencillo y no debe tardar más de un día en presentar esta obligación. Para ello, la autoridad fiscal ya liberó el portal para realizar la declaración anual. También es importante tener actualizados datos como la contraseña y la firma electrónica, pues son elementos para ingresar al sistema del fisco.
De acuerdo con el administrador local del SAT, las deducciones personales ya están prellenadas en la declaración y corresponden a los gastos realizados el año pasado por los contribuyentes, siempre y cuando hayan solicitado factura y pagado con tarjeta o transacciones electrónicas.
Entre las deducciones que más destacan son:
- Honorarios médicos
- Honorarios dentales
- Honorarios de psicólogos
- Honorarios nutriólogos
- Seguro de gastos médicos
- Gastos hospitalarios
- Donativos
- Intereses reales pagados por créditos hipotecarios para casa habitación y colegiaturas
Las personas que están obligadas a presentar su declaración son aquellas que pertenecen a los regímenes de honorarios, actividades empresariales, plataformas tecnológicas, arrendamiento, intereses, dividendos, enajenación y adquisición de bienes.
Así mismo, también están obligados a declarar ante el SAT aquellas personas que recibieron ingresos por salarios de dos o más empleadores o si además de salarios obtuvieron ingresos de otra actividad; y aquellas que además de obtener ingresos por salarios, obtienen ingresos por intereses nominales superiores a 20 mil pesos.
Giovanni González Frausto