¿Qué cambios importantes aplicarán en la factura electrónica 4.0?

Con el paso del tiempo, los esquemas de facturación han ido evolucionando, hasta llegar al actual CDFI 4.0. Esto, junto con el software de facturación electrónica, nos ha traído una serie de ventajas para la administración y simplificación de finanzas y obligaciones tributarias.

El CFDI 4.0 está vigente desde el 1 de enero de 2022, si bien será absolutamente obligatorio a partir del 1 de enero de 2023. Esta versión sustituirá al CFDI 3.3, que estará disponible hasta el 31 de diciembre de 2022.

El objetivo de esta actualización es recabar información a detalle de los contribuyentes, identificar su régimen fiscal y actividad económica, para mejorar los procesos de facturación y reducir la evasión fiscal.

Características

  • Contiene un folio asignado y un sello digital asignados por el SAT
  • Lugar y fecha de expedición
  • Serán obligatorios los datos fiscales del emisor y receptor de la factura, a saber, RFC, nombre o razón social y dirección fiscal (incluyendo código postal)
  • Cantidad, unidad de medida, clase de bienes o mercancías o descripción del servicio
  • Importe total (en número y letra)
  • Se especifica si el pago es en una sola exhibición o parcialidades, así como la forma de pago (efectivo, transferencia, cheque, etc.)
  • Si aplicara, el monto de impuestos trasladados, desglosados por tasa del impuesto y monto de impuestos retenidos
  • Se podrán relacionar múltiples CFDI; es decir, dos o más documentos digitales podrán sustituir al original
  • Se identificarán operaciones con carácter de exportación de mercancías; en tal caso, se incluirá número y fecha de documento aduanero
  • El complemento de pagos se actualiza a la versión 2.0, con información de identificación de pagos, si son motivo de impuestos indirectos o no
  • Cambios en emisión de CFDI para operaciones de público en general y a cuenta de terceros
  • Se elimina la clave del uso Por Definir
  • Para cancelación, se deberá notificar el motivo y realizarse dentro de un plazo permitido

¿Quiénes estarán obligados a emitir factura electrónica?

Todos los contribuyentes registrados ante el SAT (personas físicas o morales) están obligados a emitir CFDI, de conformidad con el artículo 29 del Código Fiscal de la Federación.

Régimen fiscal del receptor

Una particularidad es la inclusión del régimen fiscal del receptor del CFDI. Para cumplir con este requisito, es necesario seleccionar el régimen fiscal en el que el receptor tributa; o si tributa en varios regímenes (como puede ser el caso de las personas físicas), indicar el régimen en el que se le dará efectos fiscales a ese comprobante.

Es de suma importancia entender que el catálogo c_RegimenFiscal del CFDI 4.0 es diferente al del CFDI 3.3. Por eso, deben preparar sus sistemas de facturación considerando el listado aplicable. Es importante cerciorarse de que en la facturación versión 4.0 se estén manejando los regímenes correctos, correspondientes al catálogo c_RegimenFiscal aplicable.

Así, la recomendación es que, al seleccionar un software de facturación electrónica, revises que cumpla con todos los requisitos del SAT y que siempre esté actualizado, a fin de cumplir adecuadamente con todas las disposiciones y obligaciones fiscales.

Con información de El Contribuyente e Imagen del Golfo