Nueva prórroga para CFDI de nómina 4.0

A partir de este mes, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) ha informado, conforme a la 9a. Resolución de Modificaciones a la Miscelánea Fiscal 2022, que el nuevo Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) de nómina versión 4.0 será obligatorio a partir del 1.o de abril del 2023.

La ampliación del plazo es aplicable para quienes realicen pagos de salarios y, en general, por la prestación de un servicio personal subordinado, de acuerdo con la Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR) y que están obligados a emitir un CFDI por los mismos.

La prórroga la ofrece la autoridad fiscal ante los problemas que hubo de las largas filas de trabajadores en las oficinas del SAT para conseguir su constancia de situación fiscal.

Y es que, derivado de la reforma fiscal para 2022 se incluyeron como datos obligatorios para el receptor del CFDI los siguientes campos: RFC, nombre, razón o denominación social, código postal del domicilio fiscal y el uso.

Los contribuyentes a quienes aplica cuentan nuevamente con un periodo de convivencia con la versión 3.3., anteriormente publicado el 8 de junio de 2022, que tenía como plazo para la entrada en vigor obligatoria de la versión 4.0 al 1.o de enero de 2023.

Por el momento, no se anunció postergación para la emisión de facturas en los negocios; entonces, cualquier compra o consulta médica a partir del 1 de enero de 2023 deberá facturarse con la nueva versión.

Los patrones deben gestionar su información actualizada y validada ante el SAT para cumplir en tiempo y forma con esta versión en los CFDI de nómina y así evitar comprometer la deducibilidad de esta.

Con información de El Financiero y KPMG