¿Las propinas generan impuestos?

En muchos empleos, los trabajadores reciben propinas además de su salario. Estas propinas son dinero que los clientes aportan voluntariamente por los servicios. La propina no es obligatoria, pero muchas personas que participan en trabajo formal e informal cuentan con esta aportación para subsistir y son parte de sus ingresos, a lo que lleva al cuestionamiento de si se deben pagar impuestos por recibir propinas o no.

Primeramente, debemos entender que los impuestos son cuotas que le pagan las personas al Estado; con éstas se soportan los gastos públicos y son pagos obligatorios. No todas las personas pagan la misma cantidad de impuestos, ya que hay muchos factores y variables que se deben tener en consideración. Provienen de muchas cosas; se pueden pagar por los ingresos, entre otros servicios y bienes. Los impuestos que pagas se utilizan para distintas cosas como necesidades colectivas, servicios, administración pública, infraestructura, programas sociales, entre otros. Todas las personas, ya sean físicas o morales, deben de cumplir con sus obligaciones fiscales y pagar los impuestos que les corresponden.

Entonces, ¿se cobran impuestos en las propinas?

De acuerdo con una publicación del SAT, las propinas percibidas siempre se han considerado parte del salario de las personas que trabajan en hoteles, casas de asistencia, restaurantes, fondas, cafés bares y otros establecimientos, “por lo que deben ser consideradas por el empleador para el cálculo y retención del Impuesto Sobre la Renta”.

Asimismo, dicha instancia explica que desde 1993 la autoridad hacendaria analizó esta situación y lo dio a conocer a través de un oficio. Según lo que establece la Ley del ISR, las propinas de los trabajadores deben ser consideradas por el empleador para poder calcular la retención de este impuesto.

Sin embargo, por su parte, la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon) considera que las propinas son una gratificación voluntaria y no existe obligación del empleador para retener esos impuestos, ya que esos ingresos no derivan de la relación laboral, sino de terceros ajenos a la empresa al trabajador.

Y es que, a pesar de que el SAT sí considera las propinas como un ingreso del trabajador, esto no significa que necesariamente se deben fiscalizar. Dependiendo de cuál sea el fin, las propinas son tomadas en cuenta de forma distinta para diferentes ámbitos.

Con información de El Financiero y La Silla Rota

¿Pueden cobrarme impuestos si recibí una herencia?

Tras el fallecimiento de un ser querido, los familiares se ven obligados a realizar varios trámites. Uno de estos es la lectura del testamento. A través de este documento se reparten los bienes del recién fallecido según la voluntad que expresó en vida. Muy frecuentemente, a través de este mecanismo se hereda un inmueble.

A pesar de que se trata de un documento que da tranquilidad a los deudos cuando muere un ser querido, hablar de testamento no es tan común en México. Entre las razones por las que los mexicanos no hablan ni elaboran un testamento está no «echar la sal» y el tema de los impuestos, por lo que optan por otras alternativas para librarse de la autoridad fiscal.

¿Los herederos pagan impuestos?

Varios contribuyentes se han preguntado si deben pagar impuestos en caso de heredar una casa. Ante ello, representantes del Colegio de Contadores Públicos explicaron que sí se tiene que pagar impuestos por recibir una herencia; sin embargo, siempre y cuando se cumpla con un par de requisitos, estos están exentos.

Los beneficiarios de la “masa hereditaria” tienen la obligación de cumplir con el pago de impuesto sobre la renta (ISR), impuesto al valor agregado (IVA) y el impuesto sobre adquisición de inmuebles; este último es estatal.

Por su parte, el Artículo 93 de la Ley del ISR, fracción XXII, señala que los ingresos que se reciban por herencia o legados, así como donativos, son ingresos por los que no se pagará el impuesto sobre la renta.

Así pues, para no hacer el pago de estos impuestos, si el monto de la herencia es superior a 500,000 pesos, los herederos tendrán que inscribirse en el registro federal de contribuyentes (RFC) e informar al Servicio de Administración Tributaria para que el pago de ISR sea exento.

Es importante señalar que la exenciones son cuando se hereda de padres a hijos, de hijos a padres o entre cónyuges; es decir, cuando la herencia es de una persona física a otra persona física.

El impuesto al valor agregado no está exento, se tiene que pagar cuando dé lugar a ello; lo que se paga de IVA depende de lo que se haya heredado.

En el caso de inmuebles, como una casa habitación, se tiene que pagar el impuesto sobre adquisición de inmuebles. Se trata de un impuesto estatal y se tiene que cubrir cuando el nuevo propietario se adjudica el bien. Este impuesto oscila entre 3% y 5% (según la entidad federativa) sobre el valor de avalúo, catastral o comercial, el que resulte mayor. Hay que tomar en cuenta que, en función del valor de la propiedad, en algunos estados se podría exentar el pago de este impuesto.

En el caso de las donaciones, están exentas siempre y cuando se hagan de padres a hijos o entre cónyuges, siempre que el valor total en un año calendario no sea mayor a tres veces el salario mínimo anual de la entidad federativa. Por el excedente sí se pagará impuestos.

Para quienes piensan que es una mejor opción hacer un contrato de compra-venta de una casa, sobre la herencia, la compra-ventas no están exentas del pago de impuestos; si bien es cierto que hay un monto parcialmente exento. En el artículo 93 de la Ley de ISR pone como tope las 700,000 unidades de inversión (UDIS). Las UDIS al 6 de septiembre estaban en 7.48 pesos, lo que da un monto aproximado de 5 millones 240,000 pesos.

Por ejemplo; si alguien va a vender su casa que vale 10 millones de pesos (mdp), pero que tiene un costo de un millón de pesos, va a tener una ganancia de 9 mdp. A esos 9 mdp se restará el monto de exención y el resto sí pagará impuestos.

Es importante señalar que las deudas también se heredan; por ejemplo, de una tarjeta de crédito, excepto aquellos créditos o productos que tengan un seguro de fallecimiento.

Con información de Expansión y Vanguardia