Autos extranjeros irregulares: nuevo decreto para su regularización y solicitud de reglas claras

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) debe expedir reglas de comercio exterior que garanticen que los vehículos ilegales que se pretenda regularizar realmente no tengan reportes de robo, declaratoria de no circulación en los EEUU o no satisfacen normatividad ambiental.

Representantes de la industria automotriz en México solicitaron al SAT se les permita participar en las reglas secundarias que definan los procesos para la regularización de autos introducidos de manera ilegal al país.

La Asociación Mexicana de Distribuidores de Automotores (AMDA) expuso que la autoridad debe verificar el historial del auto en Estados Unidos o en México.

Tras la emisión del decreto del 19 de enero en que se dieron a conocer reglas de operación para regularizar vehículos internados de manera irregular, se ha expuesto que la verificación de historiales vehiculares es uno de los puntos pendientes, que abre la posibilidad de retomar comunicación entre el sector automotor y el SAT para compartir propuestas.

Se advirtió que, de no existir ninguna restricción para los autos ilegales, éstos pasarán a incorporarse con derecho pleno a la circulación y el comercio, lo cual generará un gran impacto geográfico.

El decreto, en sus principios, considera regularizar 2 millones de unidades; se busca evitar una entrega excesiva que exceda esta cantidad, pues esto presionaría el mercado de vehículos ligeros en las entidades federativas en que por ahora está limitada la aplicación del decreto (Baja California, Chihuahua, Coahuila, Nuevo León, Sonora, Tamaulipas, Baja California Sur, Durango, Michoacán y Nayarit).

El trámite de regularización de vehículos internados de manera irregular será a través de las Agencias Aduanales y el costo será de 2 mil 500 pesos, informó la diputada federal, Mayte Vargas, al dar a conocer las reglas de operación de este decreto.

Aclaró que no podrán importarse de forma definitiva los vehículos de lujo, deportivos, blindados o que no cumplan con las condiciones físicas-mecánicas o de protección al medio ambiente; esto de conformidad con las disposiciones federales o locales aplicables. Los vehículos que hayan sido reportados como robados no se podrán regularizar.

Destaca que el próximo sábado 22 de enero se llevará a cabo un foro principalmente para los presidentes municipales y autoridades relacionadas. Para eso, contarán con gente de la Secretaría de Economía y del SAT para que puedan explicar y aclarar todas las dudas que tengan y que los alcaldes a su vez bajen la información con sus municipios.

Con información de Transportes y Turismo y El Heraldo de Juárez

¿Cómo saber si se me migró en automático a RESICO?

El ejercicio fiscal 2022 inició con el año civil el 1 de enero y junto con él, la reforma fiscal en la que se estableció la implementación del Régimen Simplificado de Confianza (RESICO).

Esto significa que será anulado el Régimen de Incorporación Fiscal (RIF) y se reestructurarán las condiciones para las personas físicas que figuraban en esta modalidad. El RESICO para personas físicas es para contribuyentes con ingresos menores a 3.5 millones de pesos (mdp), tiene una declaración sencilla, con tasas de Impuesto sobre la Renta (ISR) bajas, máximo de 2.5%, pero no tiene deducciones.

El objetivo del nuevo régimen es simplificar el pago de impuestos y la administración para los pagadores de impuestos de menores ingresos. Otro propósito es lograr una base de contribuyentes más amplia, al motivar a los pequeños contribuyentes y personas informales para el pago del Impuesto Sobre la Renta (ISR) por medio de tasas reducidas.

El SAT comenzó a migrar a contribuyentes al RESICO

Antes de concluir el 2021, el SAT dio a conocer que los contribuyentes que pertenecerán al nuevo esquema tendrán que darse de alta luego de presentar su aviso de actualización de actividades. Sin embargo, desde enero, el órgano comenzó a migrar algunos casos automáticamente.

Esto, debido a lo que establece la regla 3.13.27. de la resolución Miscelánea Fiscal (RMF) para 2022: 

“…la autoridad fiscal actualizará las obligaciones fiscales de los contribuyentes personas físicas y morales para tributar en el régimen… basándose en la información con la que cuente en sus registros al 31 de diciembre de 2021, llevando a cabo dicha actualización a más tardar el 6 de enero de 2022”.

Ante esta posibilidad surge una pregunta recurrente entre los contribuyentes: ¿cómo puedo saber si el SAT me cambió al RESICO? La respuesta es: a través de la constancia de situación fiscal.

¿Qué es la constancia de situación fiscal?

En este documento, emitido por el SAT, viene información del contribuyente como el domicilio fiscal, nombre completo, el régimen al que pertenece y su CURP.

La constancia de situación fiscal puede ser solicitada al contribuyente al pedir un trabajo, por ejemplo, para conocer el régimen fiscal del candidato. También las personas morales pueden pedirla a sus proveedores.

Pasos para obtener la constancia de situación fiscal

Para obtener la constancia de situación fiscal, los contribuyentes pueden seguir los siguientes pasos:

  1. Ingresa a www.sat.gob.mx.
  2. En el menú “Otros trámites y servicios” selecciona la opción “Genera tu constancia de situación fiscal”.
  3. Accede con tus credenciales de acceso.
  4. En el formulario que aparece al ingresar al sistema, es necesario desplazar la pantalla hacia la derecha, ya que el botón para “Generar la constancia” no está visible en primera instancia.
  5. En una ventana nueva aparece un documento en formato PDF con toda la información de la situación fiscal del contribuyente. En la segunda página aparecen los datos de los regímenes registrados y las obligaciones aplicables.

Con información de El Contribuyente y El Financiero