Propuesta de reforma a los sistemas para el retiro

El miércoles 22, el presidente de México, Andrés Manuel López Obrador, presentó una iniciativa de reforma en pensiones, avalado por sindicatos de trabajadores y de empresarios. Ésta presenta tres cambios importantes al régimen de la Ley del Seguro Social de 1997, operado por las Administradoras de Fondos para el Retiro (Afores).

1. Aumentar las aportaciones de 6.5 a 15% en un periodo de 8 años

Para lograr esto, las aportaciones de los patrones incrementarían 2.7 veces lo que aportan ahora para el retiro de sus trabajadores, pues las aportaciones del empleado y del gobierno no subirían.

En el caso del patrón, la aportación puede ir desde 5.151% para trabajadores con un ingreso de 10 salarios mínimos, hasta 13.875% para quienes perciban ingresos de 25 Unidad de Medida y Actualización (UMA).

Para el caso del gobierno, la cuota va de 8.724% para trabajadores con ingreso de 1 salario mínimo a 1.798% para los que tienen ingresos de 4 UMA.

2. Las semanas de cotización se reducen, de 1250 (24 años) a 750 (14 años)

Con esta medida, se espera que el 34% de trabajadores que alcanza a tener una pensión garantizada se incremente a un 82%. Con todo, la edad mínima pare recibir la pensión seguirá siendo de 60 años. Es decir, no significa que las personas no trabajen 25 años, sino que tal vez trabajen 15 años en el sector formal y 15 en el informal. Con condiciones así, aún podrían garantizar su pensión.

3. Se eleva la Pensión Mínima Garantizada

El secretario de Hacienda, Arturo Herrera, explicó que actualmente las personas con salarios de hasta 5 Unidades de Medida y Actualización (UMA) tienen una tasa de reemplazo de 31%. Con la reforma, los empleados con salarios de hasta 5 UMA tendrán una tasa de reemplazo de 54%. Los de 4 UMA subirían de 35 a 58%, de 3 UMA de 46 a 76%, 2 UMA de 64 a 102% y los de 1 UMA de 102 a 103%.

Con la reducción de semanas de 1,250 a 750, se propone subir la pensión mínima garantizada a un valor promedio de $4,345.

Con información de El Economista y Milenio.

Medidas de protección para fuentes de empleo

En marzo de 2020, el H. Consejo de Administración del Infonavit aprobó la implementación de un paquete de medidas de protección específico para fuentes de empleo y así, poder enfrentar el impacto económico derivado de la contingencia sanitaria generada por el COVID-19.

Estas medidas consisten, entre otras, en prórrogas para el pago de aportaciones a trabajadores que no cuenten con crédito de vivienda vigente con opción a convenio de parcialidades de hasta un año y prórroga de las mensualidades de los convenios de pago en parcialidades vigentes.

La actividad económica nacional e internacional comenzará una transición gradual hacia nuevos escenarios de normalidad donde se observará una nueva dinámica en la actividad económica con efecto en las fuentes de empleo. Dado lo anterior, el Infonavit ha determinado la necesidad de ampliar el periodo de cobertura de estas medidas de apoyo extraordinarias.

Para PyMEs (patrón con hasta 250 trabajadores):

  • La posibilidad de incluir el cuarto bimestre a la prórroga de pago de las aportaciones de trabajadores sin crédito.
  • La ampliación a noviembre de 2020 de la fecha de pago de los bimestres prorrogados.
  • La prórroga en dos meses adicionales para el pago de las parcialidades de convenio vigente, para llegar como máximo a seis meses.

Para patrones con más de 250 trabajadores:

  • Para los patrones que solicitaron medidas de protección por el segundo bimestre de 2020, la ampliación de la fecha de pago prorrogado hasta el 17 de septiembre y la posibilidad de prorrogar en el mismo plazo las aportaciones del tercer bimestre de 2020.
  • Para los patrones que no han optado por las medidas de apoyo, la posibilidad de solicitar la prórroga de las aportaciones correspondientes al tercer y/o cuarto bimestre, con la fecha de pago prorrogado hasta el 17 de noviembre.
  • La prórroga de dos meses adicionales de parcialidades de convenio vigente, para llegar como máximo a cuatro meses.

Durante agosto, en el Portal Empresarial del Infonavit, estará disponible la opción para que las empresas aportantes puedan solicitar la ampliación de la prórroga de las parcialidades vigentes y/o agregar la prórroga de bimestres adicionales, o bien, sólo ampliar la fecha límite de pago prorrogado vigente. La fecha límite para que puedan solicitar los beneficios adicionales será el 31 de agosto de 2020.

En ningún caso la prórroga puede ser mayor a cuatro meses, por lo que, con la ampliación de medidas, la fecha máxima de vencimiento prorrogada es el 17 de noviembre de 2020 (excepto para las grandes empresas que hayan optado por la prórroga del segundo bimestre que será del 17 de septiembre).

Con información de Servicios Infonavit