Crédito hipotecario para mujeres que dejaron de cotizar en Infonavit

Recientemente el Instituto de Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit) informó que las mujeres que hayan dejado de cotizar al instituto ahora podrán acceder a un crédito de vivienda.

Esto, con el objetivo de cumplir con el derecho a la vivienda de los trabajadores, en caso de mujeres que dejaron de laborar para una empresa como asalariadas por dedicarse a su familia o emprender su propio negocio y se vieron en la necesidad de dejar de cotizar.

De acuerdo con el Infonavit, el financiamiento al que las mujeres podrán acceder es a través del esquema “Cuenta Infonavit + Crédito Bancario”, en coordinación con BBVA, Banorte, Santander y Scotiabank.

Estas son unas de las facilidades que tendrán las mujeres que ingresen a este financiamiento:

  • Pagos fijos mensuales durante todo el crédito
  • Tasa de interés de 10.45% sobre el crédito que otorgue el Infonavit, mientras que la tasa de la parte otorgada por el banco será determinada por la institución financiera

Una vez sabiendo esto, ¿Cómo puedes tramitar este crédito hipotecario para aquellas mujeres que dejaron de cotizar?

Las mujeres que dejaron de trabajar como asalariadas por distintos motivos y quieren acceder a este esquema del Infonavit, deben dirigirse a la institución bancaria de su preferencia y presentar el Certificado Cuenta Infonavit + Crédito Bancario, mismo que pueden obtener en Mi Cuenta Infonavit, en el que se indica la cantidad de fondos que tiene en la subcuenta de vivienda. Este documento se tendrá que descargar.

Una vez teniendo el documento impreso, deberá acudir a las instalaciones financieras antes mencionadas para iniciar el proceso de inscripción del crédito hipotecario. Finalmente, el banco será el encargado de realizar el perfil de la derechohabiente y determinar el monto al cual podrá acceder a crédito; de esa cantidad, el Infonavit financiará el 30% sin exceder 950,653.60 pesos mexicanos.

Giovanni González Frausto
Con información de Noticieros Televisa y Terra

Quién puede y cómo se solicita pensión de retiro anticipado IMSS

Las personas menores de 60 años de edad que buscan pensionarse, tienen la oportunidad de registrarse en el Programa de Retiro Anticipado.

El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), afirma que el asegurado tiene la opción de pensionarse antes de llegar a los 60 años, si es que cuenta con los recursos suficientes en su cuenta individual para contratar una renta vitalicia y que el monto de la pensión calculada sea mayor en un 30% a la que el gobierno garantiza. Según cifras del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi), en México hay más de 15 millones de adultos mayores que tienen 60 años o más. Sin embargo, no todos los ciudadanos de la tercera edad reciben ingresos por concepto de pensiones, jubilaciones o programas sociales.

Según las cifras del Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social (Coneval), sólo siete de cada 10 personas de 65 años o más están pensionados y reciben apoyos económicos gubernamentales. Sin embargo, dicha institución indicó que, aun recibiendo estos ingresos, los esfuerzos han resultado insuficientes para erradicar la pobreza en este sector de la población.

El proceso para el retiro anticipado aplica para las personas del Régimen de 1997, es decir, que tengan cotizaciones posteriores al 1 de julio de 1997.

Estos son los requisitos para el registro:

  • Contar con un mínimo de mil semanas de cotización.
  • Sus recursos acumulados en su cuenta individual deberán ser suficientes para el retiro.
  • Tener menos de 60 años de edad.
  • Se encuentre privado de trabajo remunerado.
  • Que la pensión que se calcule en el Sistema de Rentas Vitalicias sea superior en más de 30% de la pensión garantizada, una vez cubierta la prima del seguro de sobrevivencia para sus beneficiarios.

Sabiendo esto, ¿cuáles son los documentos que tengo que presentar?

  • Cualquier documento o medio de identificación emitido por el IMSS, el INFONAVIT o cuenta de Afore, que contenga el Número de Seguridad Social (NSS) y el nombre del asegurado o pensionado.
  • Identificación oficial vigente.
  • Comprobante de domicilio no mayor a tres meses previos a la presentación de la solicitud.
  • Clave Única de Registro de Población (CURP).
  • Constancia de la inscripción del asegurado en el Registro Federal de Contribuyentes.
  • Documento expedido por la institución de crédito autorizada por el Instituto.
  • Copia certificada del Acta de Nacimiento.

Giovanni González Frausto
Con información de Infobae México