Prodecon arranca Semana de la Cultura Fiscal

Este lunes inicia la semana de Cultura Fiscal rumbo al 2022, que organiza la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon).

La finalidad de este proyecto es orientar a los contribuyentes sobre las modificaciones y adiciones en materia tributaria para el próximo año, incluyendo la inscripción de mayores de 18 años al RFC. Esta iniciativa está orientada a facilitar el cumplimiento de las obligaciones fiscales de jóvenes, no contadores, emprendedores y especialistas.

Durante la semana, que se llevará a cabo del 29 de noviembre al 3 de diciembre, se realizarán talleres y diversos foros en los que participarán expertos en temas fiscales y de seguridad social, así como la presentación de contenidos relacionados con la Miscelánea Fiscal 2022, Régimen Simplificado de confianza y la Inscripción al Registro Federal de Contribuyentes (RFC) para mayores de 18 años.

Las actividades técnicas se enfocarán en resolver dudas respecto a los cambios y adiciones en materia tributaria que comenzarán a aplicarse el 1 de enero de 2022; además, habrá talleres de inducción para los jóvenes y niños con el objetivo de que comprendan a temprana edad la importancia de pagar impuestos.

Los foros se realizarán vía internet y de forma presencial en Oaxaca, Baja California Norte, Nuevo León, Quintana Roo y Querétaro, mientras que los talleres serán virtuales para detallar información referente al RFC, CFDIs, Declaración Anual 2021, devoluciones de saldo a favor y obligaciones en materia de Seguridad Social.

Alfonso Gutiérrez Martínez
Con información de El Contribuyente y Expansión

El SAT podrá hacer embargos por buzón tributario en 2022

En 2022, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) podría notificarte por el Buzón Tributario los procesos de embargo (si eres deudor) y proceder directamente.

La Miscelánea Fiscal para 2022 quedó formalmente publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 12 de noviembre pasado y entre las modificaciones que contiene este acuerdo en materia de fiscalización, algunos puntos han sido destacados por los expertos para no perderlos de vista, donde resalta una adición al Código Fiscal de la Federación (CFF) en donde se le otorga al SAT las siguientes facultades.

En dicho artículo del CFF se establece ahora que la autoridad podrá realizar el embargo de bienes por Buzón Tributario, estrados o edictos cuando se trate de crédito exigibles y contemplando los siguientes supuestos que establece la misma ley:

  1. Depósitos bancarios o bien los fondos de ahorro e inversión como los seguros de vida que no sean componentes de la prima que no vaya a erogarse, como prima para el pago de esos seguros.
  2. Acciones, bonos y cupones vencidos, así como también valores muebles o bienes de inmediato y accesible cobro a través de instituciones u organismos gubernamentales a nivel federal, estatal o municipal, lo mismo que empresas de solvencia reconocida.
  3. También son susceptibles de estos embargos los bienes inmuebles e intangibles que el contribuyente pueda tener en su caso.

Para que esto ocurra, primero el fisco tiene que extender la declaratoria de embargo donde señale con precisión los bienes a embargar, que hará llegar al contribuyente por medio de su Buzón Tributario, de estrados o mediante edictos, según corresponda.