¿Deduces gastos en combustible? Ahora tienes nuevos requisitos

Todas aquellas personas que deseen deducir impuestos del combustible ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT) luego de las nuevas actualizaciones que ha implementado este 2022, ahora tendrán que presentar un Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI), sin importar el monto que se paga de combustible.

El SAT, luego de la reforma aplicada a la Ley del Impuesto Sobre la Renta (ISR), implementó esta nueva medida con el principal objetivo de combatir la venta clandestina de combustible o también conocido como “huachicoleo”, según informó la dependencia.

Esta nueva medida implementada aplica para vehículos terrestres, marítimos y aéreos de todo tipo y la información requerida tendrá que incluir los permisos de comercialización otorgados por la Comisión Reguladora de Energía (CRE) y de importación de la Secretaria de Energía (Sener).

Entonces, ¿Cómo se puede deducir el combustible en 2022?

Para cumplir con los nuevos requerimientos, es necesario que tus gastos en gasolina satisfagan los requisitos establecidos por el Organismo Federal y así poder integrarlos. Entre los lineamientos se encuentran:

Las deducciones en combustibles deben estar amparadas con el comprobante fiscal, el cual no debe sobrepasar el monto de 2 mil pesos y solamente será válido si se efectúan mediante transferencia electrónica desde cuentas abiertas a nombre del contribuyente en instituciones autorizadas por el Banco de México.

Así mismo, también podrá ser valido si el pago es mediante cheque nominativo a cuenta del contribuyente, con tarjeta de crédito, débito, servicios, y por monederos electrónicos que sean autorizados solamente por la autoridad fiscal.

Por lo tanto, es importante recalcar que si el contribuyente realiza un pago de combustible en efectivo, y sin importar que sea menor a 2 mil pesos, éste no podrá ser comprobable ni deducible.

Giovanni González
Con información de El Financiero y Debate

Nueva ampliación de plazo para cancelación de facturas electrónicas 2021

Como parte de la Reforma Fiscal para 2022, se estableció que los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) sólo se pueden cancelar en el ejercicio fiscal en el que se expidan, y siempre que la persona a favor de quien se expidan acepte su cancelación.

Lo anterior se estableció en el artículo 29-A, cuarto párrafo, del Código Fiscal de la Federación (CFF).

El SAT amplió el plazo para poder cancelar los CFDI

No obstante, el 27 de diciembre, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) dio a conocer que se dará un nuevo plazo de cancelación de facturas electrónicas realizadas por los contribuyentes. En ese momento, se estableció hasta el 31 de enero del ejercicio siguiente a aquel en que el comprobante se expidió, implementándose en la Resolución Miscelánea Fiscal de 2022.

Nueva ampliación del plazo para cancelar los CFDI

De acuerdo con la autoridad fiscal, recientemente se amplió nuevamente el plazo para cancelar los CFDI; esto, al último día del mes en el cual se deba presentar la declaración anual del ISR correspondiente al ejercicio fiscal en el cual se expidió el citado comprobante. Esto lo hizo en la primera versión anticipada de la Primera Resolución de Modificaciones a la RMF para 2022.

Así mismo, se resalta que los contribuyentes personas morales tendrán hasta el 31 de marzo del año en turno para cancelar sus comprobantes del ejercicio 2021, mientras que las personas físicas tendrán como fecha límite el 30 de abril.

Con información de El Contribuyente y Debate