Si gano la lotería, ¿con cuánto se queda el fisco?

Ya sea la lotería, juegos de pronósticos o si entraste a un concurso como los que hay en televisión, no olvides que no todo el dinero llegará a tus manos; primero pasará por el SAT y te descontará la parte correspondiente.

La dependencia tributaria no deja pasar nada por alto y en sus lineamientos establece que hasta estos ingresos deben dejar una cuota antes de llegar a nuestros bolsillos, por lo que es mejor no hacer planes hasta pagar lo que se debe.

¿Cuánto dinero se queda el SAT de los premios?

En el Régimen de los Ingresos por la obtención de premios se especifica que las personas que resulten ganadoras en concursos autorizados legalmente, como rifas, sorteos, juegos con apuestas y celebración de loterías, están obligados a pagar un impuesto.

Este se calcula aplicando la tasa de 1 por ciento sobre la cantidad del premio obtenido sin deducciones, siempre y cuando las entidades federativas no graven derecho sobre la propiedad para asegurar el pago de la deuda tributaria; de hacerlo, los estados cobran un impuesto local máximo del 6 por ciento.

Si las entidades federativas aplican un impuesto superior al 6 por ciento, la tasa de impuesto será del 21%. La suma de lo que se queda la dependencia puede variar según el estado en que se obtenga el premio.

Por ejemplo, en la mayoría el impuesto es el 6%, el límite que se establece en la ley, a excepción de Durango (5.95), Morelos (5), Veracruz (5.99) y siendo el más bajo Zacatecas (1.65).

Por lo que, si tienes mucha suerte y resultas ganador de un millón de pesos, se te hará el descuento de 70 mil pesos.

¿Qué pasa si no declaro que gané un premio en dinero?

Esto podría parecer algo imposible, pues la persona que entregue el premio efectuará la retención del pago y debe considerarse en el pago definitivo, recuerda que si se hizo la retención te tienen que extender un comprobante fiscal que compruebe los pagos y retenciones.

Ten en consideración que este tipo de ingresos tiene que ir dentro de tu declaración anual cuando excedan los 600,000 pesos. De no ser así, se consideran como ingresos acumulables y podría derivarse a una multa.

Con información de El Sol de Puebla

Cinco ingresos exentos de pagar impuestos

Una de las principales preocupaciones para los contribuyentes es cumplir con el pago de sus impuestos para así evitar cualquier inconveniente con el Servicio de Administración Tributaria (SAT). Sin embargo, para que haya un mejor control de esta situación, el organismo fiscal manda importante aviso a los usuarios para que conozcan 5 ingresos que son exentos de pagar gravámenes.

No hay que olvidar que al darse de alta en el SAT, los contribuyentes, ya sean persona física o moral, deben cumplir con obligaciones fiscales, entre las cuales se encuentra pagar impuestos al momento de tener ganancias monetarias. No obstante, el organismo fiscal da a conocer que hay cinco ingresos de dinero que quedan exentos y no causan ningún cargo.

Estos son 5 ingresos exentos de pagar impuestos al SAT

De acuerdo con la Ley de Impuestos sobre la Renta (LISR), los contribuyentes tienen la obligación de pagar gravámenes al momento de generar ganancias. Sin embargo, el SAT manda importante aviso para que los usuarios sepan cinco ingresos exentos de pagar impuestos, los cuales son los siguientes:

  • Donativos: Siempre y cuando el valor total de las donaciones recibidas en un año de calendario no exceda de tres veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA) elevado al año
  • Reembolsos: De gastos médicos, dentales, hospitalarios y de funeral. 
  • Viáticos y gastos de viaje: Cuando sean efectivamente proporcionados por el patrón y se cuente con los comprobantes fiscales correspondientes
  • Becas: Esto puede aplicar para los contribuyentes o sus hijos.
  • Herencias o legados: Solo aplica cuando los ingresos sean transmitidos de padres a hijos mediante un testamento.

Aunque no están mencionados en este aviso, hay otros ingresos exentos de pagar impuestos al SAT, los cuales son el aguinaldo, tiempo extraordinario, prima vacacional, prima dominical, reparto de utilidades, fondo de ahorro, cuota de seguridad social, jubilaciones, pensiones, pensiones vitalicias u otras formas de retiro, pagos por retiro, seguros de vida, y premios o bonos obtenidos.

Hay que señalar que estos ingresos que están exentos de pagar impuestos deben estar debidamente reportados en la declaración anual, ya que de lo contrario, el SAT podría considerarlos como ganancias acumulables y van a generar gravámenes que se deberán cubrir en tiempo y forma.

Con información de Terra