¿Se eliminarán beneficios fiscales a la industria automotriz?

Raquel Buenrostro, jefa del Servicio de Administración Tributaria (SAT), ha externado que la industria automotriz tiene en México muchos beneficios fiscales, comparados con los que tienen en otros países. Esto quiere decir que terminan pagando una tasa cercana a cero. Las bajas tasas que pagan las automotrices en México tiene que ver con los incentivos, pero también con la forma en que México desaprovecha los acuerdos impositivos internacionales, según se declaró.

En el mundo, con la industria automotriz, se firman acuerdos para resolver el pago de impuestos. Estos acuerdos son muy importantes para evitar que haya doble tributación, pero también para que las empresas paguen en cada país lo que es justo; en estos acuerdos no se encuentra México, a pesar de ser uno de los 10 mayores productores y exportadores de automóviles y autopartes.

La presentación de la propuesta  de la jefa del SAT está pendiente de aprobación por parte de la Secretaria de Hacienda. Dicha propuesta es un paquete de medidas que buscan aumentar la recaudación de impuestos en 1% del Producto Interno Bruto el próximo año. Esta propuesta generó fuertes reacciones del sector empresarial, quienes comentan que es desafortunado el tono de la invitación para que los contribuyentes consulten la tasa impositiva correspondiente a la industria en que se encuentren y, en su caso, corregir su situación fiscal.

Tasa Cero

La propuesta incluye eliminar una exención fiscal conocida como “tasa cero”, que permite a los fabricantes de automóviles mundiales exigir reembolsos sobre los impuestos al valor agregado que pagan en el país. Combinado con otras estrategias fiscales, el gobierno termina debiéndoles dinero a algunos fabricantes de automóviles. Buenrostro señaló que sus cambios no afectarían la inversión automotriz en México. La postura del SAT es que es un indicador que le sirve al organismo fiscal en la realización de las auditorias. Los empresarios no están obligados a nada, para la autoridad fiscal es una obligación dar a conocer los parámetros de referencias; lo que se quiere detectar son patrones de elusión y evasión fiscal. Es una herramienta que los grandes contribuyentes pueden utilizar como referencia y así saber si éstan pagando bien sus impuestos.

Alfonso Gutiérrez Martínez
Con información de El Economista y El Financiero

El SAT exigirá complemento carta porte

En septiembre, los transportistas tendrán que incorporar forzosamente a sus comprobantes fiscales la carta porte; es decir, información detallada sobre la ruta, valor de las mercancías, nombre del operador, puntos intermedios, entre otros.

La obligatoriedad que impuso el SAT de incorporar a los comprobantes fiscales detalles de la mercancía que se transporta, a través de Resolución a la Miscelánea fiscal, definió que al Comprobante Fiscal Digital por internet (CFDI) se le agregue esta información a partir de septiembre para evitar el contrabando y mejorar la recaudación en 150 mil millones de pesos anuales. De no hacerlo, el contribuyente perdería la posibilidad de deducir los servicios de transporte terrestre, aéreo o marítimo.

Se recomienda que las empresas deberán de asesorarse con profesionales para establecer mecanismos de protección de las bases de datos que se conecten con el SAT para el llenado automático de las cartas porte.

¿Qué es la carta porte?

El complemento carta porte se incorpora al CFDI de tipo traslado para acreditar la posesión de las mercancías, brindando información sobre la procedencia y los destinos de la mercancía que se traslada a través de los distintos medios de transporte.

Para los contribuyentes que brinden servicios de traslado de mercancías, podrán emitir un CFDI de tipo ingreso incorporando el complemento carta porte, con el que se podrá amparar la legal posesión de las mercancías.

El SAT declara que los contribuyentes que brindan servicios de traslados de mercancías por los distintos medios de transporte podrán emitir un CFDI incorporado el complemento, con el que se podrá amparar la legal posesión de las mercancías.

La carta porte tendrá información crítica sobre gran parte de la operación de las empresas transportistas.

Especificaciones de carta porte:

  • Obligados: Transportistas aéreos, terrestres, marítimos y ferroviarios
  • Se añade a: CFDI de ingreso o CFDI de traslado
  • Datos fiscales: emisor, receptor e impuestos
  • Transportación: vía de entrada o salida del país origen y destino
  • Mercancía: descripción, peligrosidad, tipo de embalaje, cantidad, dimensiones y valor.
  • Revisión: verificaciones aleatorias de oficiales por código “QR”
  • Obligatoriedad: 30 de septiembre

Con información de El Mañana y Luces