SAT no abrirá oficinas el 2 de noviembre

Como lo indica la 5a. Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para el 2022, el día 2 de noviembre es inhábil, por lo que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) cerrará sus oficinas de atención al contribuyente.

Tenemos que estar enterados que los días inhábiles no están computados; además, los plazos y trámites que se tengan sustento en las oficinas, serán atendidos por las unidades administrativas. Esto quiere decir, que habrá personal de guardia para la realización de las actividades esenciales.

En el articulo 13 y en el 18 del Código Fiscal de la Federación de la Ley Aduanera, en dichos periodos y días no se computarán plazos y términos legales correspondientes en los catos, tramites y procedimientos que se sustanciarán ante las unidades administrativas del SAT; lo anterior sin perjuicio del personal que cubre guardias y que es necesario para la operación. Las autoridades estatales y municipales que actúen como coordinadas en materia fiscal en términos de los artículos 13 y 14 de la Ley de Coordinación Fiscal, podrán considerar los días inhábiles señalados en esta regla, siempre que los den a conocer con ese carácter en su órgano o medio de difusión oficial, de acuerdo a las disposiciones legales y administrativas que las rigen.

Para agilizar trámites de manera segura, los contribuyentes pueden descargar las aplicaciones oficiales del SAT en App Store y Google Play, con lo cual podrán cumplir con sus obligaciones fiscales fácilmente. Se trata de las aplicaciones SAT Móvil para realizar trámites, servicios y consultas; sólo se necesita tener a la mano el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) y la contraseña.

Además, las personas físicas ahora tienen la opción de utilizar la Oficina Virtual, en donde pueden recibir asesoría y orientación en línea.

Con información de El Informador y El Imparcial