La compraventa de criptomonedas, ¿se debe declarar al SAT?

Informó la Procuraría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon) que las criptomonedas no tienen las características de una moneda legal, como el peso mexicano o una divisa, pero sí son consideradas activos virtuales.

Sabemos que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) es una instancia gubernamental encargada de manejar la política fiscal del país y, dentro de sus labores, se encuentra la del cobro de impuestos a razón de las ganancias derivadas de algunas inversiones en México.

“A la fecha en México y en la legislación fiscal no hay un régimen específico en el cual se prevea la forma, las condiciones o los términos en que debe tributar una persona que obtiene estos ingresos, pero al comprar o vender estos activos deben tomarse en cuenta algunas obligaciones fiscales”, dijo en entrevista Mayela Landeros Solorio, delegada de la Prodecon.

Cabe mencionar que si en tu declaración anual tuviste alguna ganancia a razón de la compra o venta de tus criptomonedas o activos virtuales, ésta automáticamente aparecerá dentro del SAT, por lo que se considerará dentro de tu pago de impuestos. De acuerdo con la Ley de Impuesto Sobre la Renta (ISR), en su capítulo IV “De los ingresos por enajenación de bienes”, establece que los ingresos o ganancias se deben declarar en el momento de la venta del bien, es decir: no debes pagar impuestos solamente por tener bitcoin o criptomonedas, sino hasta que los vendas.

Por lo que, quienes se dedican a las criptomonedas, deben considerar que es una actividad vulnerable, ya que está sujeta a la Ley Antilavado (activos virtuales); es decir, que las personas que realizan estas actividades están obligadas a presentar avisos de sus operaciones superiores a 62 mil pesos a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. De no hacerlo, la multa es desde 17 mil hasta 173 mil pesos.

Con información de El Contribuyente y El Heraldo Binario