El SAT confirma que es posible entrar al RESICO en cualquier momento

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) eliminó una fecha límite para ingresar al RESICO. La autoridad fiscal hizo lo anterior con la Segunda Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) para 2022, al modificar la regla 3.13.1.

Dicha norma indica que, con la modificación, se eliminó la referencia a los contribuyentes deban solicitar su incorporación al RESICO a más tardar el 31de enero del ejercicio de que se trate.

Se confirmó lo que había indicado el SAT a través de la pregunta más frecuente:

Las personas físicas que tributen en algún otro régimen y cumplan los requisitos para tributar en Régimen Simplificado de Confianza, ¿en cualquier momento podrán optar por tributar en este último?

Sí, siempre que realicen actividades empresariales o profesionales u otorguen el uso o goce de bienes inmuebles y cumplan con los requisitos para tributar conforme al Régimen Simplificado de Confianza para personas físicas.

Es importante precisar que, las personas físicas que estén obligadas al pago del impuesto sobre la renta por los ingresos que generen a través de Internet, mediante plataformas tecnológicas, aplicaciones informáticas y similares que presten los servicios a que se refiere la fracción II del artículo 18-B de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, por la totalidad o alguna parte de sus actividades económicas y que además obtengan ingresos por actividades empresariales, profesionales u otorgamiento del uso o goce temporal de bienes, no podrán tributar en el Régimen Simplificado de Confianza, por los referidos ingresos. Como puede apreciarse, la autoridad señala que es posible entrar al RESICO “en cualquier momento”, y no habla de ejercicios fiscales.

Sabiendo esto, sería conveniente que los contribuyentes personas físicas tengan presente esta posibilidad, de manera que tengan mayores y mejores elementos de decisión en su estrategia de negocio y para determinar cuándo les resultaría más conveniente elegir tributar en el RESICO.

Giovanni González Frausto
Con información de Fiscalia y El Contribuyente