STPS despeja dudas y reitera criterios para REPSE

El 23 de abril, se publicó la reforma al outsourcing o subcontratación laboral. Con ésta, se prohíbe la subcontratación de personal, pero se permite la contratación de servicios especializados u obras especializadas. Para poder ofrecer servicios especializados, las empresas deben inscribirse al padrón o Registro de Prestadores de Servicios Especializados u obras especializadas (REPSE). La fecha límite para cumplir con esta obligación es el 1 de septiembre.

¿Qué actividades deben inscribirse en el Registro de Prestadores de Servicios Especializados u obras especializadas? Serán aquellas donde el contratista pone a disposición trabajadores propios en beneficio del cliente para prestar el servicio especializado. Si el personal está dando un servicio a un cliente bajo el techo de aquel, está en términos de esta ley a disposición del cliente. Esto, porque “a disposición del cliente” no significa estar bajo órdenes, jerarquía o autoridad del cliente, puesto que si aconteciera esto sería una subcontratación de personal; esto, con base en lo declarado por el titular de la Unidad de Trabajo Digno de la STPS, Alejandro Salafranca Vázquez.

Se consideró que la diferencia entre lo que es y lo que no es un servicio especializado es una reflexión que han hecho las empresas y eso se refleja en una operación normal del REPSE, que no ha recibido una cantidad considerable de solicitudes de inscripciones.

REPSE y la base de datos

Se establece como requisito para que una empresa pueda integrarse al REPSE estar al día con sus obligaciones fiscales y patronales, el registro sólo realiza una consulta al Servicio de Administración Tributaria (SAT), al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y al Infonavit sobre el estatus de la compañía solicitante y las autoridades emiten una opinión positiva o negativa. Es decir, el sistema del REPSE no tiene acceso a las base de datos de otras dependencias y en ocasiones el IMSS, SAT o Infonavit otorgan una opinión negativa porque su sistema puede demorar horas en actualizarse.

Comentan que el REPSE es sólo un “instrumento”; hace una llamada a la base de datos y consulta si la opinión es positiva o negativa, y las bases de datos de cada una de las instituciones manda un expediente con una respuesta que puede ser un “sí” o un “no”.

Inspecciones por outsourcing

La STPS realizará inspecciones en esta materia porque se trata de una reforma trascendental que no puede quedar sin vigilancia. Las autoridades actuarán con estrategias y atendiendo focos de incumplimiento.

Se afirmó que el enfoque de todas las autoridades involucradas en la nueva regulación de servicios especializados es que las empresas cumplan con las reglas. Las visitas para verificar el cumplimiento de la reforma serán parte del plan de inspección de la dependencia al igual que otros temas, como el reparto de utilidades o normas de seguridad y salud en el trabajo.

Escenarios de desempleo por la reforma

Desde abril, cuando se promulgó la reforma de subcontratación, el outsourcing basado en suministro de personal quedó prohibido como actividad y se modificó el marco legal de los servicios especializados, permitiendo la tercerización de estos sólo cuando no formen parte del objecto social y la actividad económica preponderante del cliente. La reforma estableció reglas para estos sectores, como la inscripción al ahora denominado REPSE y la presentación de reportes al IMSS y el Infonavit, entre otras obligaciones. La fecha límite para inscribirse al padrón público de la STPS, para realizar la migración y sustitución patronal de los trabajadores que estaban subcontratados y para aplicar las nuevas disposiciones para la deducción fiscal de estas actividades fue prorrogada por el Congreso de la Unión hasta el 1 de septiembre del año en curso.

Alfonso Gutiérrez Martínez
Con información de El Economista