Se crea la Agencia Nacional de Aduanas de México

El gobierno de México, a través de un decreto emitido por el Poder Ejecutivo, dio creación a lo que será la nueva Agencia Nacional de Aduanas de México (ANAM), la cual operará en lugar de la Administración General de Aduanas (AGA).

La Agencia Nacional de Aduanas de México será un órgano administrativo desconcentrado de la Secretaria de Hacienda y Crédito Público, dotado de autonomía técnica, operativa, administrativa y de gestión, que tendrá el carácter de autoridad fiscal y aduanera y facultades para emitir resoluciones en el ámbito de su competencia.

El objetivo de este nuevo órgano es fortalecer el sistema aduanero para garantizar servicios eficientes a la exportación e importación, reforzar la seguridad nacional en los puntos de acceso al país y armonizar los procesos aduaneros y de inspección con los acuerdos internacionales para eliminar barreras comerciales y propiciar el libre comercio. La nueva agencia contará con los recursos de los fondos y fideicomisos que se constituyan, las asignaciones que establezca el presupuesto de egresos, los ingresos que obtengan por la prestación de servicios y gastos de ejecución, entre otros.

De igual manera, la ANAM contará con las unidades administrativas que se determinen en su reglamento interior, de conformidad con las estructuras orgánica y ocupacional que autorice la SHCP y la Función Pública. Se establece que podrá contar con personal que pertenezca o haya pertenecido a las fuerzas armadas, de conformidad con las disposiciones aplicables.

La ANAM contará con los bienes inmuebles, recursos, materiales, tecnológicos y financieros que le sean asignados; los fondos y fideicomisos que se constituyan o en los que participe en representación de la SHCP para tales fines, los ingresos que obtengan por la prestación de servicios y gastos de ejecución y las asignaciones que establezca el presupuesto de Egresos de la Federación.

Además dirigirá los servicios aduanales y de inspección, en los términos que prevean las disposiciones aplicables y realizará operativos correspondientes, verificando la legal estancia de mercancías en territorio nacional y de mercancía en transporte, incluyendo su verificación de origen; embargar o asegurar las mercancías de las que no se acredite su legal estancia en el país y resguardarlas en calidad de depositario.

Facultades de la ANAM

  1. Recaudar las contribuciones de comercio exterior y accesoria.
  2. Dirigir los servicios aduanales y de inspección
  3. Administrar los padrones y sectoriales
  4. Representar el interés de la Federación en controversias fiscales y aduanales
  5. Determinar y liquidar las contribuciones y aprovechamientos aplicables a las operaciones de comercio exterior y sus accesorios
  6. Coordinarse con las fuerzas armadas e institutos de seguridad nacional y de seguridad pública
  7.  Vigilar y asegurar el debido cumplimiento de las disposiciones fiscales y aduaneras.
  8. Participar en la negociación de los tratados internacionales que lleve a cabo el Ejecutivo Federal en materia aduanera.
  9. Fungir como órgano de consulta del Gobierno Federal en materia aduanera
  10.  Emitir las disposiciones de carácter general y acuerdos administrativos, las demás que sean necesarias para llevar a cabo la previstas en la normatividad.

El decreto que da vida a este órgano entrará en vigor cuando inicie la vigencia de las reformas legales para otorgar la competencia que tiene el SAT en materia fiscal y aduanera a la ANAM. Así mismo, el dicho documento explica que los trabajadores de la AGA serán respetados en términos de las leyes aplicables, por lo que el actual administrador de la AGA deberá ser propuesto por Hacienda para dirigir el nuevo órgano desconcentrado.

Alfonso Gutiérrez Martínez