Cómo ser acreedor de devolución automática de saldo a favor en el SAT

La devolución automática de impuestos es una realidad y se otorga a cualquier persona física que opte por aplicarla, pero que además reúna los requisitos que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) requiere.

De acuerdo con la Resolución Miscelánea Fiscal 2021, la devolución automática podrá considerarse para los contribuyentes que presenten su declaración anual 2020 hasta el 31 de julio del presente año.

Si tienes saldo a favor, podrás solicitar la devolución de impuestos que te corresponda; por lo que, después de la declaración anual, podrán tener una devolución automática de esos impuestos que pagaron de más.

Cuando tengas saldo a favor podrás solicitar las devoluciones que te correspondan, por lo que puedes solicitar ante el SAT que te sea devuelta la cantidad. A más tardar lo podrás recibir hasta el 31 de julio.

¿Qué debo hacer para tener mi devolución automática?

Las personas que presenten su declaración del ejercicio 2020 antes del 31 de julio podrán tener su devolución automática por el SAT, de lo contrario no podrá aplicarse este beneficio.

¿Qué se requiere para la devolución automática del ISR?

Necesitas tu e.firma para la declaración de montos mayores a 10 mil 001 pesos y la contraseña para montos menores a esta cifra.

Los contribuyentes que presenten un saldo a favor entre 10 mil y 150 mil pesos van a poder presentar su declaración exclusivamente con contraseña siempre y cuando en la cuenta CLABE en la cual quieren que se deposite coincida con alguna que ya tenga precargada el sistema del SAT.

Si se va a actualizar la cuenta CLABE, incluso por seguridad del contribuyente, es necesario que se presente con el uso de la e.firma.

¿Quiénes NO podrán tener la devolución automática del ISR?

  • Contribuyentes con saldos a favor superiores a 150 mil pesos
  • Si el saldo a favor corresponde a ejercicios anteriores
  • Que hayan solicitado previamente un formato de devoluciones
  • Quienes presenten su declaración anual posterior a la fecha límite.
  • Contribuyentes con solicitudes con CFDI’s expedidos por contribuyentes del listado 69 y 69-B, etcétera.

Así puedes hacer tu trámite de devolución de saldo a favor

  • Ingresa a la página y da clic en el botón «Iniciar». AQUÍ.
  • Ingresa con tu RFC y contraseña o e.firma.
  • Captura los datos solicitados en el formulario electrónico.
  • Consulta y obtén la impresión de la situación que guarda tu solicitud de devolución.

Si necesitas primero saldo a favor en el SAT:

  • Ingresa a la página del SAT y da click en Buzón Tributario.
  • Ingresa con tu RFC, contraseña, firma electrónica y captcha.

Es importante destacar que, se considerará como un delito de defraudación fiscal y, en su caso, se impondrán sanciones, al compartir datos falsos para obtener un saldo a favor.

Con información de W Radio e Infobae

Amplía el SAT horarios y disponibilidad de citas

Debido a la demanda para realizar diferentes trámites y servicios, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) amplía sus horarios de atención.

A partir del lunes 15 de febrero, el horario de las oficinas de atención, independientemente del semáforo epidemiológico que exista en cada estado, será de 9:00 a 16:00 horas de lunes a jueves y de 9:00 a 15:00 horas, los viernes.

Los servicios para obtención de contraseña, entrega de constancias de RFC (Cédulas de Identificación Fiscal -CIF- para acreditar el RFC) y las salas de internet conocidas como “Mi Espacio”, se darán sin necesidad de una cita, informó en un comunicado.

Éstos son los servicios que se pueden realizar en las salas de internet, siempre y cuando los usuarios cuenten con e.firma y/o contraseña del RFC:

  • Actualizaciones y servicios al RFC.
  • Regularización de obligaciones.
  • Cambio de domicilio.
  • Declaración anual.
  • Declaraciones provisionales.
  • Inscripción de personas físicas mayores de edad.
  • Facturas.
  • Activación de Buzón Tributario.
  • Ingresar solicitud de aclaraciones, servicios o solicitudes.
  • Renovación de e.firma que esté por vencer.
  • Obtención de Certificados de Sellos Digitales.

El SAT exhortó a que los contribuyentes que solicitan cita, cumplan con ella, o bien, la cancelen con anticipación para permitir que otra persona pueda hacer uso de dicho espacio.

“Desafortunadamente persiste un porcentaje de abandono de alrededor de 30 por ciento, en promedio, en todas las oficinas en el país, situación que afecta a un gran número de usuarios que busca cita”.

Con información de Comunicados SAT y El Heraldo de México