¿Correos falsos del SAT?

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) alerto a los contribuyentes sobre el envió de correos falsos e hizo la invitación de conocer sus herramientas para verificar que sean correos verídicos. Recientemente se han registrado correos con dominios que se hacen pasar por el máximo órgano fiscal.

Recuerda que el SAT no distribuye software ni solicita ejecutar o guardar archivos; tampoco requiere de información personal, claves o contraseñas vía correo electrónico.

El fisco cuenta con un aplicativo para detectar si un correo es aprócrifo, al cual puede accederse en este enlace. Con esta herramienta, el SAT elabora un registro con la información de sitios falsos, para monitorear las denuncias que hacen los contribuyentes cuando reciben correos o información engañosa a nombre de la institución.

¿Como sé si un correo es falso?

En caso de que un contribuyente reciba un correo de una cuenta sospechosa, debe realizar una denuncia en denuncias@sat.gob.mx o bien, ingresar al buscador de correos apócrifos arriba enlazado. Además, el SAT advirtió que se han detectado perfiles falsos de redes sociales; entre ellos, WhatsApp y aclaró que no cuenta con servicio de esta red social.

Por otra parte, El SAT destacó que el Buzón Tributario es el medio por el cual se envía al contribuyente información especifica y particular por lo cual es fundamental habilitarlo y actualizar los medios de contacto. La instancia resaltó que, con estas acciones, en conjunto con los contribuyentes y el público en general, se aumenta la recaudación, baja la evasión y elusión fiscal y se combate la corrupción.

¿Qué trámites tributarios puedes realizar desde tu celular?

Como ya sabemos, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) está en medio de un periodo vacacional como dependencia pública, por lo que los contribuyentes tendrían que tener opciones alternativas para realizar algún trámite ante esta institución. El SAT mantendrá sus puertas cerradas hasta el vierne 22 de julio, para retomar actividades el lunes 25; sin embargo, a través de su portal es posible efectuar algunos tramites de manera online, los cuales son:

  • Cambio de domicilio fiscal.
  • Actualización de actividades económicas y obligaciones.
  • Cierre de establecimiento.
  • Apertura de establecimiento.
  • Suspensión de actividades.
  • Reanudación de actividades.
  • Suspensión/reanudación de Actividades de asalariados.
  • Generación y actualización de Contraseña.
  • Renovación certificado de e.firma.
  • Revocación de certificado de e.firma.
  • Solicitud de certificado de sello digital.
  • Declaraciones provisionales de actividades empresariales.
  • Declaraciones provisionales servicios profesionales.
  • Declaraciones provisionales arrendamiento.
  • Declaraciones bimestrales del Régimen de Incorporación Fiscal.
  • Declaraciones informativas (ISR, IVA, IEPS, donativos, aportaciones).
  • Declaración anual.
  • Consulta o aclaración de Opinión del cumplimiento.
  • Aviso de compensación.
  • Consulta de trámite de devolución.
  • Habilitación de Buzón Tributario y registro de medios de contacto.
  • Modificación de clave del Registro Federal de Contribuyentes (RFC).
  • Estímulos región fronteriza Impuestos Sobre la Renta (ISR).
  • Estímulos región fronteriza el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA).

Recuerda que para realizar cualquier trámite en línea debes tener a la mano tu Registro Federal de Contribuyentes (RFC), así como la contraseña que tienes registrada y tu e.firma. En caso de no tener tu e.firma, te recordamos los requisitos para tramitarla:

  • Correo electrónico al que tengas acceso.
  • Unidad de memoria extraíble preferentemente nueva que contenga el archivo de requerimiento (.req) generado previamente en el programa Certifica.
  • Forma oficial FE «Solicitud de Certificado de e.firma».
  • Contar con Clave Única de Registro de Población (CURP).
  • Si eres mexicano por naturalización, original o copia certificada de la carta de naturalización expedida por autoridad competente.
  • Si eres extranjero, Forma Migratoria Múltiple expedida por el Instituto Nacional de Migración.
  • Comprobante de domicilio, en el caso de que únicamente cuentes con el Régimen de Sueldos y Salarios se aceptará como comprobante de domicilio la credencial para votar vigente expedida por el Instituto Nacional Electoral, siempre y cuando el domicilio sea visible.
  • Identificación oficial vigente.

En caso de ubicarte en alguno de los supuestos de representación legal, deberás presentar la información señalada en el apartado «Información Adicional» conforme a tu caso.

Con información de El Heraldo Binario y El Financiero