¿Cómo documentar un préstamo ante el fisco?

Todos los mexicanos debemos rendir cuentas ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT), no solamente acerca de los ingresos, sino que también sobre los préstamos bancarios o personales. Esto, debido a que el SAT podría considerar como ingreso el depósito de un préstamo  si no se documenta de manera adecuada.

Si un préstamo no está bien documentado, cuando el SAT pida al contribuyente una aclaración o realice una visita domiciliaria y considere que en lugar de un financiamiento fue un ingreso, les podría cobrar el Impuesto al Valor Agregado (IVA), Impuesto Sobre la Renta, además de actualizaciones y recargos.

El Código Fiscal de la Federación (CFF) establece en el artículo 59 que las autoridades pueden suponer o presumir que los depósitos en la cuenta bancaria del contribuyente que no corresponden a los registros de su contabilidad son ingresos, por los que debe pagar contribuciones. De acuerdo con la ley, la autoridad fiscal cobraría el 16% del IVA, y si se trata de una persona moral pagará el 30% de ISR.

En el caso de las personas físicas se les aplica una tarifa que es progresiva, y además, las autoridades podrían aplicar multas que pueden ir del 50 al 75% del monto del depósito, con actualizaciones y recargos.

Por lo anterior, es recomendable que los contribuyentes especifiquen que los recursos en sus estados contables son préstamo o donaciones. Así mismo, cuando se realice una transferencia electrónica, puede etiquetarse con el concepto “préstamo” y cuando se abone o se liquide se ponga “pago préstamo”.

Además, es recomendable contar con un documento que acredite dicho préstamo, tal como la copia de un pagaré; aquí se deberá de especificar la fecha en que se efectuó el préstamo y posteriormente otros que especifique la devolución del dinero. Es una forma sencilla para comprobarle al SAT que existe una obligación de pago por dicho préstamo.

También vale la pena incluir una copia del estado de cuenta bancario entre las pruebas para el SAT; así se podrá acreditar la fecha en que se efectuó la transferencia con el monto visible y el mismo pago.

Cabe mencionar que no únicamente los préstamos de dinero deben ser reportados ante el SAT; en la declaración anual del Impuesto Sobre Renta (ISR) también se incluyen las donaciones y los premios recibidos, específicamente al ser por un monto mayor a los 600 mil pesos.

Cabe recordar que los bancos tienen la obligación de proporcionar anualmente la información de los depósitos en efectivo que se realicen en las cuentas de los contribuyentes. Esto lo establece el artículo 55, fracción IV, de la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR).

Con información de El Contribuyente y Dinero en Imagen