SAT no abrirá oficinas el 2 de noviembre

Como lo indica la 5a. Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para el 2022, el día 2 de noviembre es inhábil, por lo que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) cerrará sus oficinas de atención al contribuyente.

Tenemos que estar enterados que los días inhábiles no están computados; además, los plazos y trámites que se tengan sustento en las oficinas, serán atendidos por las unidades administrativas. Esto quiere decir, que habrá personal de guardia para la realización de las actividades esenciales.

En el articulo 13 y en el 18 del Código Fiscal de la Federación de la Ley Aduanera, en dichos periodos y días no se computarán plazos y términos legales correspondientes en los catos, tramites y procedimientos que se sustanciarán ante las unidades administrativas del SAT; lo anterior sin perjuicio del personal que cubre guardias y que es necesario para la operación. Las autoridades estatales y municipales que actúen como coordinadas en materia fiscal en términos de los artículos 13 y 14 de la Ley de Coordinación Fiscal, podrán considerar los días inhábiles señalados en esta regla, siempre que los den a conocer con ese carácter en su órgano o medio de difusión oficial, de acuerdo a las disposiciones legales y administrativas que las rigen.

Para agilizar trámites de manera segura, los contribuyentes pueden descargar las aplicaciones oficiales del SAT en App Store y Google Play, con lo cual podrán cumplir con sus obligaciones fiscales fácilmente. Se trata de las aplicaciones SAT Móvil para realizar trámites, servicios y consultas; sólo se necesita tener a la mano el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) y la contraseña.

Además, las personas físicas ahora tienen la opción de utilizar la Oficina Virtual, en donde pueden recibir asesoría y orientación en línea.

Con información de El Informador y El Imparcial

SAT deberá informar al INAI sobre denuncias por corrupción

Los comisionados del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) solicitaron al Servicio de Administración Tributaria (SAT) dar a conocer las denuncias presentadas ante la Fiscalía General de la República (FGR) en contra de algunos integrantes de su personal, por actos de corrupción, así como información sobre los ceses que hubo.

Y es que, en octubre de 2021, la entonces titular del SAT, Raquel Buenrostro, manifestó que había habido corrupción al interior de la dependencia e informó que, en lo que iba de su administración, se había cesado a uno de cada 10 trabajadores y existían más de tres mil denuncias al respecto en la FGR.

Ante ello, se originó una solicitud ciudadana que había sido desestimada por el SAT, pero donde se encontró que no se había consultado a todas sus oficinas para dar una respuesta adecuada.

También se le solicitó al SAT que deberá precisar, en cada caso de denuncia, la fecha en que fue presentada; nombre y cargo de la o las personas denunciadas, el delito, el hecho o asunto que ameritó la denuncia; el total del daño patrimonial y/o monto involucrado, el estatus de la denuncia y la cantidad de detenidos y su situación jurídica actual.

Respecto a los ceses, debe informar la fecha del despido, nombres y cargos de las personas despedidas, delegación o área a la que pertenecían, el hecho o asunto que ameritó el despido, las leyes, reglamentos o normas violadas, especificando los artículos, y el total del daño patrimonial y/o monto involucrado.

“En cualquier acto donde se advierta el mal uso de recursos públicos, siempre se debe privilegiar el derecho de acceso a la cosa pública, es decir, el derecho a acceso a la información de la ciudadanía, en general, ya que da cuenta del efectivo ejercicio de los impuestos que son recaudados por el Servicio de Administración Tributaria”, dijo el comisionado Adrián Alcalá Méndez.

Con información de El Economista e Informador