Régimen fiscal frena al transporte

En México, el Sector del Transporte contribuye con 6.4% del Producto Interno Bruto (PIB), siendo el 5.° lugar de las 73 ramas económicas del país. Sus actividades representan dos millones de empleos directos, de los cuales, 47% están relacionados con el transporte de pasajeros, y 53%, con el de carga.

Es muy llamativo que, a pesar de su importancia, la edad promedio del parque vehicular en México es de 17 años, principalmente en lo relativo al llamado “hombre-camión”. Esta antigüedad se debe, sobre todo, a ciertas limitaciones, entre las que se encuentran la falta de créditos acordes con las necesidades de los transportistas.

El transporte tiene como reto cumplir con sus metas de crecimiento y desarrollo, lo cual podría ser originado, principalmente, por la falta de certeza jurídica con la que cuenta el sector, pues parecen no estar alineados su marco regulatorio con sus objetivos de mercado, en particular, en lo referente al ámbito fiscal.

Las reformas vigentes en 2014

La propuesta recaudatoria presentada el año pasado por el Ejecutivo Federal, consistente en la eliminación del régimen fiscal conocido como “simplificado”, bajo el argumento de que “su permanencia no se justificaba”, señalando que los beneficios otorgados a través de este régimen provocaban una “inequidad horizontal”, es decir, que otros sectores que generaban utilidades similares a los del autotransporte, tenían una carga fiscal mayor.

La propuesta fue analizada en el Congreso, donde finalmente se reconoció la necesidad de establecer un mecanismo que le permitiera al sector manejarse en condiciones de competitividad, por lo que al eliminarse el régimen simplificado, se incorporó en la nueva ley (a partir de 2014), un régimen fiscal particular denominado “Régimen de los Coordinados”.

Hagamos memoria

Hace años, este tipo de contribuyentes tributaban fiscalmente en el régimen conocido como BET: Régimen de Bases Especiales de Tributación, y luego pasaron, en franco acatamiento al mandato establecido por la ley, al régimen simplificado, cuyo cálculo era con base en el flujo de efectivo, y al que se identificaba como “de entradas y salidas”.

Su vigencia fue hasta 2001, y su finalidad primordial era permitirle al transportista consolidar su patrimonio, pues, a pesar de que se generaran utilidades, en la medida en que estas se reinvirtieran en el negocio, no se causaban y, en consecuencia, no se pagaba ISR.

Entre 2002 y 2013, el esquema continúo siendo de flujo de efectivo, pero sufrió un cambio radical, porque las utilidades obtenidas sí causaban ISR, sin importar que se reinvirtieran.

El “Régimen de los Coordinados”

A partir del 1.° de enero de 2014, este tipo de contribuyentes tributan en el “Régimen de los Coordinados”, al cual, aunque se calcula con base en el flujo de efectivo, se le establecieron diversas limitantes, como es el caso que: a) solo aplica para aquellas personas físicas y morales que forman parte de un “coordinado”, dejando fuera a los transportistas individuales; b) se redujeron los montos previstos en las facilidades de comprobación, y c) existe mayor control en las operaciones celebradas entre integrantes de un mismo coordinado, entre otras.

Este rediseño de la Ley del Impuesto Sobre la Renta ha generado incertidumbre en el sector, como consecuencia de la redacción de diversas disposiciones que pueden llegar a ser confusas, de las cuales, destacamos las siguientes:

  • Forma de tributar de los transportistas individuales, aquellos que no están integrados a un coordinado
  • Efecto de continuidad por los gastos y/o ingresos derivados de operaciones pactadas o celebradas durante el ejercicio 2013, pero efectivamente cobradas y/o pagadas en 2014, que no hubiesen tenido impacto fiscal en el pasado
  • Procedimiento para precisar si la persona física se encuentra dentro del alcance de la definición de “actividad exclusiva”, cuando esta obtiene ingresos provenientes de otras actividades, distintas a las empresariales, como podrían ser dividendos, sueldos, honorarios, etc.
  • Restricción de las operaciones celebradas entre partes relacionadas, cuando sus ingresos provengan preponderantemente de las mismas
  • Tratamiento fiscal de las inversiones realizadas antes del 1.° de enero de 2014

Lo anterior provocó la necesidad de que las autoridades fiscales tuvieran que publicar una regla con la cual pretendieron aclarar algunos de estos aspectos, y no podemos pasar por alto la existencia de facilidades administrativas también emitidas por dichas autoridades, que resultan ser piezas fundamentales para definir el régimen fiscal en el que deben tributar los transportistas, porque inciden directamente en sus cálculos.

¿Qué le espera al sector?

Lo que sucederá en próximas fechas, es que la industria del transporte enfrentará un gran reto, no solo por el tema de su crecimiento y desarrollo económico, sino también en términos fiscales, al no tener las reglas claras que les permitirán tener una mayor certeza jurídica respecto de la aplicación y alcance de las distintas obligaciones contenidas en las disposiciones tributarias.

ANDREA BARRERA | www.cnnexpansion.com

Cargan el ISR a asalariados

Los trabajadores asalariados del País cargaron con la mayor recaudación del Impuesto sobre la Renta (ISR) este año.

De acuerdo con el informe trimestral de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), en el primer semestre del año, de los 526 mil 178 millones de pesos obtenidos por concepto de ISR, 46.4 por ciento, equivalente a 244 mil 42 millones de pesos, provino de las retenciones a salarios de los trabajadores.

Para el mismo periodo del año pasado, la participación de los asalariados en la recaudación de ese impuesto fue 44.3 por ciento.

Medido por monto, la recaudación de ISR a ese grupo de trabajadores del País creció 15.4 por ciento, por encima de lo obtenido por el cobro a las empresas.

De hecho, la participación de las empresas en la recaudación total del ISR permaneció sin demasiados cambios negativos para ellas.

En el periodo enero-junio de 2014, las personas morales aportaron 45.2 por ciento del total, contra 44.5 por ciento del año pasado.

Según los datos de Hacienda, las empresas con ingresos superiores a 500 millones de pesos al año y que realizaron retenciones de sueldos y salarios aportaron 73 mil 518 millones de pesos al ISR.

Las personas físicas sin actividad empresarial con ese nivel de ingresos dieron al fisco por ese gravamen 16 mil 820 millones de pesos y las que sí tienen actividad empresarial, apenas 2.4 millones.

Asimismo, la estrategia de fiscalización del Servicio de Administración Tributaria (SAT) tuvo un efecto positivo en la detección de nuevos pagadores de impuestos, pues los registros de contribuyentes sumaron 81 mil 973 nuevos miembros de junio de 2013 al mismo mes de este año.

Al cierre de junio de este año, el total de contribuyentes en el País sumó un millón 757 mil 843, de los cuales, 939 mil 556 son personas físicas, incluyendo a los asalariados.

Por sector económico, las industrias manufactureras fueron las que más aportaron a la recaudación de ISR en 2014, con 90 mil 269 millones de pesos, seguidas de los servicios financieros y seguridad, que generaron 61 mil 227 millones de pesos.

Martín Fierro, socio fiscal de RSM Bogarín, explicó que el alza en la recaudación del ISR responde al aumento de tasas en el impuesto a partir de cierto nivel de ingresos.

Comentó que es preocupante que estos recursos los generen una base de contribuyentes que no creció significativamente.

«Los 81 mil nuevos contribuyentes que reporta el SAT no son realmente muchos si consideramos el número de empleos que se han generado en el último año y el crecimiento de las actividades informales», dijo.

GONZALO SOTO | www.am.com.mx